
A partir de este 2026, los bancos informaran a Hacienda de los movimientos previos respecto al sistema de pago en empresas. La campaña de la Declaracion de la Renta, cuenta con varias novedades para los contribuyentes.
Entre las cuales se incluyen, las deducciones por gimnasio, gastos veterinarios o para celiacos, y se han establecido grupos que no estarán obligados a presentarla. Es el caso de los que reciben subsidio de desempleo.
A finales se 2025 se anuncio, que en 2026, los bancos tendrían que informar de forma mensual, todos los cobros que se realicen mediante BIZUM, así como otros medios de pago. Desde tarjetas a transferencias, aunque es exclusivo para empresas este control y autónomos que la usen como medio de pago y cobro.

CUANDO SE DEBEN DECLARAR LOS MOVIMIENTOS POR BIZUM
Angel Nigorra, director general de BIZUM, ha resumido algunos aspectos que los contribuyentes deben tener en cuenta. Resalta que aquellos pagos particulares cotidianos, que serian los que se hacen entre familiares y amigos, no tendrán que declararse. Solo seria necesario si fuera fruto de una actividad económica.
Este tipo de Bizum, esta excepto de declararse siempre y cuando no supere los 10,000 euros anuales. Todo lo demás que venga de una actividad economica, si debe ser declarado, ya sea mediante Bizum o cualquier otro método de pago. Respecto a la cantidad mínima para declarar BIZUM, en el caso de las empresas y autonomos, en el anterior ejercicio era de 3,000 euros anuales.
La nueva normativa ha hecho desaparecer este limite, y los bancos tienen la obligación de informar de todos los movimientos. Sin excepcion a partir del día 1 de Enero de 2026.




