
La negativa del Registro de la propiedad en Benalmádena, queda revocada a conceder el numero de registro de alquiler de corta duración a una empresa, incluso teniendo la licencia. según el conflicto que denegó la la asignación del numero de registro, la empresa ya operaba como vivienda
La causa seria un choque entre una autorización administrativa y una prohibición estatutaria hecha con posterioridad. la obtención del código necesario solicitada en junio de 2025 que era necesaria para las plataformas digitales, aporto una resolución de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía en fecha de enero de 2022.

El registrador notifico rechazo, el motivo, una clausula en los estatutos de la comunidad, inscrita en marzo de 2024, que decía claramente << Prohibir desde este momento el alta de nuevas viviendas turísticas en el edificio, incluyendo, aquellas zonas donde se ofrece mediante precio el servicio de alojamiento con fines turísticos >>.
Sin embargo, la empresa se opuso, sus datos se basaba en que las viviendas ya operaban como interés turístico, antes de que la prohibición llegase al registro de la propiedad, los acuerdos no afectan a << terceros de buena fe hasta que consta su inscripción >>. La clave de la resolución estaba aquí, la junta de propietarios había prohibido el alta de nuevas viviendas en septiembre de 2021, pero esta limitación no se inscribió en el Registro de la Propiedad hasta Marzo de 2024, años después de que la empresa adquiriera el mueble.




